Novedades normativas

Novedades normativas

Se modifica el sistema informático StockWatch por el Sistema de Vigilancia y Monitoreo Inteligente (SVMI), el cual será el utilizado para la remisión de datos de operaciones en tiempo real e información de órdenes.

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Se reglamentan las operaciones a realizar por la SG en relación a los PIC para el desarrollo inmobiliario bajo su administración, ya sea con entidades pertenecientes a su mismo grupo económico o el de la SD con el objeto de ampliar las posibilidades de inversión del Fondo.

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Se crea el “Hub de Innovación e Inclusión Financiera” (en adelante el “Hub”) en el ámbito de la CNV como un canal de comunicación, colaborativo abierto e informal, entre entidades con proyectos innovadores en el sector financiero con el objeto de promover la innovación y el intercambio entre los regulados y entidades de carácter innovador con CNV.

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Se actualizan los umbrales de los perfiles de Clientes, de entre otros, los siguientes SO: personas jurídicas que reciban donaciones o aportes de terceros, sector Mercado de Capitales y Fideicomisos no financieros.

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RG 924: Se establece el régimen definitivo para la categoría ALyC I Agro. Se establece un cronograma de adecuación para el objeto social hasta el 13 de agosto de 2022. Aquellos ALyC que demuestren haber iniciado el trámite antes del 30 de junio de 2022, podrán realizar exclusivamente actividades de Corretaje de Granos, Agropecuarias y Agroindustriales en general, afines y accesorias a éstas, debiendo abstenerse de la realización de cualquier otra actividad.

RG 925: Se establece que los ALyC que a la fecha de entrada en vigencia de la RG N° 898 no cumplan con el objeto social exclusivo, deberán optar, hasta el 30 de junio del 2022, por: i) acreditar el inicio del trámite de reforma del objeto social; ii) solicitar el cambio de la categoría en la cual se encuentran inscriptos; o iii) solicitar la cancelación de inscripción en la categoría de ALYC.

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Se derogan ciertas restricciones transitorias establecidas sobre operaciones de valores negociables con liquidación en moneda extranjera.

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La Consulta Pública versa sobre la incorporación de los nuevos participantes ALyCs Propios o Integrales, AN y Entidades Representativas Regionales, para actuar como Plataformas de Financiamiento Colectivo (en adelante, “PFC”), sumándose al régimen ya previsto para las S.A. En la misma se determina la modalidad en la cual se podrá realizar la emisión de valores representativos de capital y los servicios que podrán brindar las PFC. Asimismo, se prevé la posibilidad de utilizar un Fiduciario Financiero autorizado por la CNV o un Proveedor de Servicios de Pago para la actuación de las PFC.

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La Consulta Pública versa sobre la modificación al Plan y Manual de Cuentas vigentes que es utilizado por las SG de FCI en la contabilización de las operaciones de los Fondos Abiertos o Cerrados, receptándose los criterios de valuación aplicables a los mismos.

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La Consulta Pública versa sobre la reglamentación de las operaciones a realizar por la SG para los fondos bajo su administración con entidades pertenecientes a su mismo grupo económico o de su SD.

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La UIF readecúa los criterios plasmados en sus Resoluciones 30/2017 (Entidades Financieras), 21/2018 (Mercado de Capitales) y 28/2018 (Seguros) con el objeto de adaptar esta normativa a estándares internacionales.

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La presente RG modificó los patrimonios netos mínimos (PNM) requeridos para los Agentes de Colocación y Distribución de FCI (ACD) y los Agentes de Colocación y Distribución Integral de FCI (ACDI) utilizando las Unidades de Valor Adquisitivo (UVA), como así también redefinió las personas que pueden actuar como ACDI. Tiene como antecedente la Consulta Pública (CP) que este Mercado participó.

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La Consulta Pública versa sobre la modificación del régimen informativo para los Fondos Comunes de Inversión (FCI) siendo las más relevantes: la reducción del plazo de presentación de la información relativa a las carteras de inversión semanales de los Fondos; la imposición a las Sociedad Gerente (SG) y a los ACDI la obligación de reportar en forma desagregada la información relativa a los cuotapartistas -Personas Humanas (PH) y Personas Jurídicas (PJ) radicados en el exterior- y mecanismos a los fines que las SG puedan conocer al cuotapartista, en aras a estimar el comportamiento del inversor para todos los FCI que administre.

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La CNV aprueba la normativa complementaria respecto de los instrumentos en moneda nacional adquiridos en mercados autorizados por esta CNV bajo segmentos de negociación por interferencia de ofertas que aseguren la prioridad precio tiempo destinados al financiamiento de las MiPyMEs, que estarán dispensados del Impuesto sobre los Bienes Personales (BP) y Ganancias (IG), conforme Ley N° 27.638 y del Decreto Nº 621/2021, que también incorpora una franquicia para las Obligaciones Negociables. De esta forma, CNV define los instrumentos comprendidos que son: los Fondos Comunes de Inversión (FCI) y Fideicomisos Financieros (FF), detallados en el apartado siguiente.

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